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Más de
100 días sin rendir cuentas de su gestión en
el 2007
RECTORES DEL CNE PODRÍAN SER INHABILITADOS

Caracas, 17 de junio de 2008
NPS 244
Más de 100 días tiene el CNE sin cumplir con
la obligación de presentar la Memoria y
Cuenta de su gestión en el año 2007 y hasta
la fecha ninguno de los poderes del Estado
con funciones contraloras, como la Asamblea
Nacional y la Contraloría General de la
República, se ha pronunciado para exigirle
que cumpla con lo establecido explícitamente
en el artículo 16 de la Ley Orgánica del
Poder Electoral.
La denuncia la formuló desde la sede
nacional del CNE el vocero de Súmate
Dashiell López, acompañado de un grupo de
jóvenes voluntarios. Explicó que la conducta
del CNE de no entregar a tiempo su Memoria y
Cuenta ha sido reiterativa en sus tres
últimas directivas. Al respecto, mencionó la
denuncia formal que introdujo Súmate ante la
Contraloría General de la República contra
el Poder Electoral en abril del año 2006,
por no haber rendido cuentas en los años
2003, 2004 y 2005.
López exhortó al CNE a rendir cuentas ante
el país de los cuantiosos recursos
financieros de que ha dispuesto, que incluye
el financiamiento adicional a su presupuesto
ordinario. El vocero de Súmate dijo que los
venezolanos tenemos derecho a saber cuáles
fueron los costos de la recepción de
manifestaciones de voluntad para activar los
revocatorios de gobernadores y alcaldes, de
los 10 procesos de referendos revocatorios
regionales y del Referendo Consultivo de la
Reforma Constitucional, entre otros procesos
electorales celebrados el año pasado,
incluyendo las inversiones en tecnología y
equipos de votación.
Cualquier inhabilitación procedería después
de una sentencia firme
Para el vocero de Súmate es insólito que la
Contraloría General de la República no se
haya pronunciado ni haya establecido
sanciones a ninguno de los rectores de las
tres últimas directivas, de las cuales
fueron parte el exrector Francisco
Carrasquero, actual Magistrado del Tribunal
Supremo de Justicia; Jorge Rodríguez, quien
fue rector principal y luego presidente del
organismo electoral, un año después fue
nombrado Vicepresidente de la República y
últimamente es candidato a la Alcaldía del
Municipio Libertador; y la rectora Tibisay
Lucena, quien ejerce actualmente la
presidencia del CNE.
De acuerdo a Dashiell López, si la
Contraloría General de la República hubiese
cumplido con sus funciones que establece
nuestro ordenamiento jurídico, la rectora
Tibisay Lucena y el magistrado Francisco
Carrasquero no estarían desempeñando cargos
administrativos en este momento; como
tampoco el exrector Jorge Rodríguez, hubiera
podido desempeñar el cargo de Vicepresidente
de la República en el año 2007.
Sin embargo, advirtió que cualquier sanción
que impida el ejercicio de funciones
administrativas o restringa los derechos
políticos, como negarle el derecho a algunos
ciudadanos de inscribirse como candidatos a
cargos de elección popular; debe ser
determinado por una sentencia
definitivamente firme dictada por un
tribunal penal, según lo contemplado en el
artículo 23 de la Convención Interamericana
de los Derechos Humanos. Agregó López, que
en caso de que los rectores del CNE incluyan
en la normativa de las elecciones regionales
la prohibición de postulaciones a candidatos
inhabilitados inconstitucionalmente por la
Contraloría General de la República, estarán
expuestos a sanciones civiles,
administrativas y penales por privar a estos
ciudadanos de sus derechos humanos, tal como
lo establece el artículo 25 de la
Constitución de la República.
La función del CNE es promover el ejercicio
de los derechos políticos
Otro llamado de atención formulado por López
es que la actual presidenta del CNE, rectora
Tibisay Lucena, es la menos indicada para
impedir que los ciudadanos inhabilitados
inconstitucionalmente por la Contraloría
General se inscriban como candidatos para
estas elecciones regionales; porque ella fue
parte de dos directorios que nunca
entregaron la Memoria y Cuenta de sus
gestiones de los años 2003 y 2004; además de
haber incurrido en mora en la entrega de
este informe en el 2005 y 2006, y
actualmente es responsable directa de la
omisión del mismo en el 2007.
Los rectores del CNE, dijo el vocero de
Súmate, saben que estas inhabilitaciones de
la Contraloría a más de 400 ciudadanos no
proceden porque las mismas violan la
presunción de inocencia y cambia la carga de
la prueba. “Los rectores del CNE al
pretender negar la postulación de candidatos
para las elecciones regionales del próximo
23 de noviembre, juegan en posición
adelantada y violentan el derecho al debido
proceso consagrado en el artículo 49 de la
Constitución Nacional”. Por último, enfatizó
que el papel del CNE es promover la
participación y el ejercicio de los derechos
políticos de los ciudadanos.
Súmate asume esta acción, expresó López,
como parte de su ejercicio del derecho de
controlar la gestión y administración de los
bienes y fondos públicos por parte de los
funcionarios del Estado, consagrado en el
artículo 62 de la Constitución de la
República, el artículo 24 numeral 4, y el
artículo 25 numeral 7 de la Ley de la
Contraloría General de la República; y el
artículo 12 de la Ley Contra la Corrupción (LCC).
Además, expresó que este pronunciamiento se
inscribe dentro de lo contemplado en el
artículo 66 del texto constitucional que
otorga el derecho a los electores de exigir
a sus representantes cuentas públicas,
transparentes y periódicas sobre su gestión

Protesta Súmate Anzoátegui exigiendo Memoria
y Cuenta CNE
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