Diputados indígenas - ¿Cómo se elige a los diputados indígenas a la AN? - ¿Cuáles son los requisitos para postularse como candidato a diputado indígena? - ¿Quiénes tienen derecho a votar para elegir a los tres diputados indígenas de la AN?
¿Cómo se elige a los diputados indígenas a la Asamblea Nacional?
Los pueblos indígenas tienen derecho a tres diputados, de acuerdo al artículo 186 de la Constitución de nuestra República.
El Reglamento Nº 3 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales para regir en las Parlamentarias, referido a la materia de la Representación Indígena, señala en su artículo 6 que estos tres diputados, como sus respectivos suplentes, serán la representación de las comunidades indígenas del país en la Asamblea Nacional (AN).
De acuerdo a este mismo Reglamento Nº 3, los tres diputados indígenas serán elegidos en tres circunscripciones electorales, resultado de la agrupación por región de los estados con población autóctona:
- Región Occidente: Estados Zulia, Mérida y Trujillo; - Región Sur: Estados Amazonas y Apure; - Región Oriente: Estados Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas y Sucre.
Además, el artículo 4 de este mismo Reglamento Nº 3, señala que los diputados indígenas son electos bajo la modalidad nominal y por mayoría relativa de votos.
¿Cuáles son los requisitos para postularse a como candidato a diputado indígena?
De acuerdo al artículo 11 del Reglamento Nº 3 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, los candidatos indígenas además de indígenas, deben ser de nacionalidad venezolana y hablar la lengua originaria; y cumplir al menos con una de las siguientes condiciones:
1. Haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad; 2. Tener conocida trayectoria en la lucha social en pro del reconocimiento de su identidad cultural; 3. Haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades indígenas; 4. Pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres (3) años de funcionamiento. ¿Quiénes tienen derecho a votar para elegir a los tres diputados indígenas a la Asamblea Nacional?
Todos los electores de los estados que conforman estas tres circunscripciones indígenas tienen derecho a elegir a los representantes de las comunidades indígenas a la Asamblea Nacional. |