“Hacia las Parlamentarias”

Diputados indígenas… 

-    ¿Cómo se elige a los diputados indígenas a la AN?

-    ¿Cuáles son los requisitos para postularse como candidato a diputado indígena?

-    ¿Quiénes tienen derecho a votar para elegir a los tres diputados indígenas de la AN?


 


¿Cómo se elige a los diputados indígenas a la Asamblea Nacional?

Los pueblos indígenas tienen derecho a tres diputados, de acuerdo al artículo 186 de la Constitución de nuestra República.

 

El Reglamento Nº 3 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales para regir en las Parlamentarias, referido a la materia de la Representación Indígena, señala en su artículo 6 que estos tres diputados, como sus respectivos suplentes, serán la representación de las comunidades indígenas del país en la Asamblea Nacional (AN).  

De acuerdo a este mismo Reglamento Nº 3, los tres diputados indígenas serán elegidos en tres circunscripciones electorales, resultado de la agrupación por región de los estados con población autóctona:

-          Región Occidente: Estados Zulia, Mérida y Trujillo;

-          Región Sur: Estados Amazonas y Apure;

-          Región Oriente: Estados Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas y Sucre. 

Además, el artículo 4 de este mismo Reglamento Nº 3, señala que los diputados indígenas son electos bajo la modalidad nominal y por mayoría relativa de votos.

 


¿Cuáles son los requisitos para postularse a como candidato a diputado indígena?

De acuerdo al artículo 11 del Reglamento Nº 3 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, los candidatos indígenas además de indígenas, deben ser de nacionalidad venezolana y hablar la lengua originaria; y cumplir al menos con una de las siguientes condiciones:

1.      Haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad;

2.      Tener conocida trayectoria en la lucha social en pro del reconocimiento de su identidad cultural;

3.      Haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades indígenas;

4.      Pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres (3) años de funcionamiento.


¿Quiénes tienen derecho a votar para elegir a los tres diputados indígenas a la Asamblea Nacional?

Todos los electores de los estados que conforman estas tres circunscripciones indígenas tienen derecho a elegir a los representantes de las comunidades indígenas a la Asamblea Nacional.

 
 

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