La sociedad democrática
venezolana, incluidos los partidos y otros
movimientos en apoyo al Gobierno del
presidente Chávez, se verán excluidos en sus
derechos y posibilidades de lograr
representación en los cuerpos deliberantes
de aprobarse la nueva Ley Orgánica de
Partidos Políticos y Participación
Ciudadana, que elimina de hecho la
representación proporcional de las minorías
y dejan en manos del oficialismo, a través
del Consejo Nacional Electoral, la
discrecionalidad para fijar unilateral e
inconsultamente las condiciones y
organización de los procesos electorales en
función y atención exclusivamente del poder
con un ventajismo arrollador, señala
Dashiell López, directivo y vocero de la
asociación civil Súmate.
Hace
dos años el Consejo Nacional Electoral
elaboró un proyecto de reforma a la Ley de
Partidos Políticos y Participación Ciudadana
para abrir la consulta sobre observaciones y
recomendaciones por parte de los diversos
sectores sociales y políticos, pero hace dos
semanas, fue retirado y se introdujo otro de
la propia Asamblea Nacional “con ciertos
cambios”. Sin embargo, la semana pasada
fuimos sorprendidos por el debate —y
aprobación en primera discusión— del
proyecto de Loppc de la Asamblea con 195
artículos en lugar de los 395 que contenía
el proyecto del Consejo Nacional Electoral.
Súmate objeta el que
dicho proyecto no haya sido discutido
públicamente, tanto en plenaria de la propia
AN como en otros escenarios de la sociedad
civil, a fin de conocer las observaciones y
cambios sugeridos a que hubiere lugar.
López apunta que en el
artículo 3 del referido proyecto, todavía
pendiente de segunda discusión para sanción,
se obvia la referencia a los principios en
que se debe basar todo proceso electoral
—como establecen la Carta de los Derechos
Humanos y la Constitución vigente— de
transparencia, imparcialidad y confianza.
“Esto sin dudas, amenaza el derecho a elegir
de todos los ciudadanos por igual”, precisa
López.
DE LAS MOROCHAS AL
ABSOLUTISMO
Las llamadas “morochas” también
constituyen una de las violaciones
consideradas por Súmate, ya que aseguran que
“la Representación Proporcional queda de
hecho eliminada en contradicción a la
Constitución (CN). Para que haya
representación proporcional ésta debe
aplicarse al total de escaños, de lo
contrario no hay proporcionalidad”.
Esto legaliza lo que
denominamos la sobre representación, como
resultado de la pasada experiencia de las
llamadas “morochas”, en que los partidos
políticos tenían opción de alcanzar la
presentación proporcional de las minorías
mediante lo que se denominó el voto cruzado,
es decir, a través de la lista de candidatos
nominales en un 60 por ciento y mediante
listas en 40 por ciento.
Lo que se busca ahora
es imponer un sistema de representación
mayoritario. Lo que iría aparejado con la
discrecionalidad del CNE para la
conformación de las circunscripciones
electorales para elección de candidatos a
los cuerpos colegiados como son la Asamblea
Nacional, Consejos Legislativos Estadales y
concejos municipales. “Actualmente este
proceso se rige por la normativa del
Estatuto del Poder Público”.
Otro aspecto que la
organización critica del proyecto de Ley, es
el “diseño parcializado de los circuitos
nominales”, lo cual consideran que es tan
grave como el “abandono de la representación
nominal”.
Pero aún más, en el
caso de postulaciones nominales éstas
podrían ser combinadas en algunos circuitos
parroquiales mientras que la combinación
también podría darse para elección de
candidatos entre parroquias y comunas.
Sobre el Registro
Electoral Permanente, Súmate señala que “por
un lado se señala que el RE es de carácter
público, artículo 19, pero no se menciona
qué información contendrá el mismo y cuál
será entregada a las organizaciones
políticas (artículo 27) para una verdadera
auditoría”.
“Ahora los circuitos
nominales pueden formarse con combinaciones
de municipios y parroquias, lo que da total
libertad al CNE para diseñarlos de acuerdo a
sus intereses. Para las elecciones
municipales puede hacerse con combinación de
comunas o consejos comunales, más
discrecionalidad aún”.
Súmate también señala
que el artículo 95 de la Loppc, referido al
Registro Electoral establece que este debe
ser público y que deberá suministrarse copia
a los distintos partidos políticos en que
deben constar las direcciones de los
ciudadanos para efectos de auditorías
electorales (artículo 19). “Pero en el
proyecto en discusión no se conoce la
información que contiene ni se establece la
entrega a los partidos políticos”. Como
tampoco se incluyó el registro fotográfico
de los electores.
López agrega en las
observaciones al mencionado proyecto “el que
no se haga mención a los observadores
nacionales ni internacionales”. Nada sobre
la garantía y condiciones para el voto de
los venezolanos en el exterior. Tampoco
sobre la disposición de impresión de las
actas de votación antes de la transmisión de
resultados.
ELECCIONES A
DISCRECIÓN
Por otra parte, aseguran que el proyecto de
Ley deja a discreción del CNE “los lapsos y
regulaciones para cada campaña electoral” y
que “hay grandes distorsiones” en cuanto a
la “igualdad de acceso a los medios de
comunicación” establecidos en el artículo
60.
Nada dice sobre la
norma que establece el lapso previo de seis
meses antes de la realización de elecciones,
sino que ello queda a discrecionalidad del
Poder Electoral. “El artículo 33 del
proyecto de la AN deja a discreción del CNE
fijar la fecha, es decir, podemos ser
convocados a una elección una semana antes o
un día antes si quieren”.
De esta manera el
Estatuto del Poder Público es reemplazado
por diez reglamentos o normativas en
absoluta discrecionalidad del CNE, lo que
obviamente constituye una situación de
inseguridad jurídica para los partidos o
grupos de electores, candidatos y los
ciudadanos como electores.
De la misma manera
—prosigue DL— se establece que las personas
en ejercicio de cargos públicos no tienen
que separarse de sus funciones para
reelegirse, lo que hemos podido experimentar
desde hace tiempo con las cadenas
presidenciales en tiempos de campañas
electorales, ahora ampliada la
discrecionalidad a todo el funcionariado.
Podemos agregar que no
se especifica hora de cierre para las mesas
de votaciones. “Se vulnera la autonomía de
las mesas pues estima que cada una debería
ser independiente para cerrar si ya se ha
cumplido con el horario y no hay electores
en la cola”.
Sostienen que “el
artículo 79 deja la conformación,
nucleación, apertura y cierre, así como el
número de mesas electorales, para ser
establecido por el CNE”.
Tampoco de
reglamentación de campañas. En cuanto a los
coordinadores de centros de votación, se
establece que éstos serán contratados por el
CNE, sin definir cuáles son sus funciones ni
atribuciones. Lo mismo en el caso del Plan
República y la determinación de funciones.
En materia de las
máquinas captahuellas que no garantizan el
secreto y transparencia del sufragio —en
cuanto a que un elector, un voto—
permanezcan desconectadas. Tampoco hay
definiciones ni normas en materia de
auditorías de mesas, en cuanto al porcentaje
de las mismas ni de las cajas o urnas de
votación a ser auditadas.
Súmate es enfática al
asegurar que el Proyecto de Ley de Procesos
Electorales “esta legalizando las
irregularidades y las violaciones cometidas
en el pasado por parte del Consejo Nacional
Electoral y todas las instituciones y
organismos asociados al tema electoral”.
Un informe reciente de
la firma de estudios de opinión Keller y
Asociados revela que 39 por ciento de los
venezolanos estima que no está garantizado
el secreto del voto ni la transparencia en
los procesos electorales y se pronuncian por
el cumplimiento de la imparcialidad y el
respeto a la representación proporcional de
las minorías para todos los cargos de
elección. “Es por todo esto que se está
montando un sistema paralelo de sobre
representación para por mayoría simple una
sola fuerza política, aún obteniendo 60 por
ciento de los sufragios puedan copar el 80 a
90 por ciento de los cargos”.
SÚMATE Y EL
VENTAJISMO ELECTORAL
Los venezolanos hemos presenciado la
progresiva destrucción de nuestro derecho a
elegir. Este lamentable proceso comenzó con
el control del directorio del Consejo
Nacional Electoral (CNE) por el oficialismo
y la incorporación sin licitación de la
tecnología de Smartmatic para la votación
automatizada. Y el hito más reciente contra
el derecho a elegir son las acciones de
defenestración de competencias y
atribuciones al alcalde mayor de Caracas,
imponiendo ilegítimamente, en parte de su
jurisdicción, una autoridad anteriormente
inexistente, asignándole a ésta los recursos
nacionales que —según el mandato de los
ciudadanos que lo eligieron democráticamente
para ejercer ese cargo— le corresponden a la
Alcaldía Mayor para poder cumplir
eficazmente con su gestión gubernamental.
En una radiografía de
los resultados electorales oficiales,
podemos observar como se siguen restando
votos de adversarios migrados sin su
consentimiento de sus centros de votación
originales, impidiéndoles el sufragio el día
de los comicios.
Como se suman votos
producto del ventajismo y la coacción
ejercidos sobre los funcionarios públicos y
otros ciudadanos dependientes del Estado, a
quienes se les genera sospecha de que el
voto pudiera no ser secreto; y como a otros
se les obliga a votar acompañados para que
algún factor oficialista verifique ante a la
máquina de votación cada “elección”.
Éstas no son las únicas
fuentes de votos mal habidos, pues también
han ocurrido votaciones múltiples de una
misma persona que asume varias identidades.
Además en las mesas de votación no
protegidas por testigos alertas, un mismo
individuo en complicidad con el personal del
centro, puede pulsar sobre la máquina la
opción a votar para emitir decenas de votos,
incluso sin necesidad de movilizar
electores.
Lo dicho representa un
enorme desafío para los ciudadanos, ya que
no podemos ceder los espacio ganados con
formación, participación y organización
ciudadana durante los últimos procesos
electorales, a pesar de las peores
adversidades.
Debemos seguir
avanzando, enfrentándonos proactivamente a
los viejos y nuevos obstáculos que el CNE
seguramente seguirá imponiendo, al menos
mientras su directorio sea controlado
políticamente por el oficialismo.
Pero ésta no es la
única razón por la que no debemos descuidar,
y mucho menos abandonar, la lucha en el
ámbito electoral. El despliegue de
ciudadanos capacitados para defender los
votos en eventuales procesos electorales en
los centros de votación, que tienen una
cobertura directamente asociada a la
distribución demográfica en los distintos
rincones del país, constituye una base
necesaria para el ejercicio de la
contraloría ciudadana en cualquier ámbito de
defensa de nuestros valores democráticos y
de los derechos ciudadanos de todos los
venezolanos.