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mora de elecciones de
alcaldes y gobernador de Amazonas
TSJ
PERDIÓ OPORTUNIDAD DE RESTITUIR
DERECHO A ELEGIR DEL PUEBLO
Caracas, 24 octubre de 2009
NPS 297
Súmate rechaza la reciente decisión de la
Sala Electoral del Tribunal Supremo de
Justicia de declarar improcedente su recurso
contencioso electoral contra el Consejo
Nacional Electoral, interpuesto el pasado 21
de abril por su omisión al no convocar las
elecciones del Gobernador del Estado
Amazonas y de los alcaldes de los municipios
Achaguas y Miranda, en los estados Apure y
Carabobo, respectivamente.
La Sala Electoral sustentó su decisión de
declarar improcedente la solicitud de Súmate
de obligar al CNE a cumplir con su deber de
convocar y organizar los procesos
electorales previstos para este año, en la
existencia de un pronunciamiento en el que
decide suspender estos procesos comiciales,
expresado en la Resolución Nº 090527-0301 de
fecha 27 de mayo de 2009.
Sin embargo, esta organización ciudadana
presentó su recurso más de un mes antes de
la fecha de esta Resolución y, al declararlo
improcedente luego de su propia dilación
procesal, la instancia del máximo tribunal
de la República perdió la oportunidad de
restituir derechos electorales vulnerados.
De acuerdo con esta organización, con la
postergación de estas elecciones el CNE
viola los artículos 2, 5, 21, 24, 63, 160 y
174 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y 25 (b) del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, ya que con ello desconoce la
soberanía popular libremente expresada a
través de las elecciones celebradas el 7 de
agosto de 2005; genera una absoluta
desconfianza en la población venezolana
sobre los lapsos de los cargos de elección
popular, al postergar de manera arbitraria y
sin fundamento los comicios antes referidos;
menoscaba el ejercicio del derecho al
sufragio en condiciones de igualdad;
desconoce el principio de irretroactividad
de la Ley; desconoce los períodos
constitucionalmente previstos para los
cargos de Alcaldes y Gobernadores, y somete
a restricciones indebidas la periodicidad de
las elecciones como mecanismo de expresión
del derecho humano al sufragio.
Sala Constitucional del TSJ debe decidir
otro recurso
Además, la Asociación Civil reitera que
queda por decidir otro recurso que presentó
ante la Sala Constitucional del TSJ, en el
cual se impugna el artículo 294 de la Ley de
Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder
Público Municipal (LOPPM) publicada en
Gaceta Oficial del 22 de abril de 2009, cuya
modificación postergó de manera
inconstitucional e indefinida, las
elecciones de concejales y miembros de
juntas parroquiales a nivel nacional, para
el segundo semestre del año 2010. En efecto,
la Resolución Nº 090527-0301 aludida en la
sentencia de la Sala Electoral, se basa en
esta reforma de la LOPPM. Este segundo
recurso de Súmate, del 9 de julio del
presente año, se encuentra en la fase de
declaratoria de admisibilidad por parte del
Juzgado de Sustanciación de dicha Sala.
Actuales rectores no deben postularse para
un nuevo período
Ante la decisión de la Sala Constitucional
de otorgarle a los rectores del CNE la
posibilidad de reelegirse indefinidamente en
sus cargos, Súmate aclara que la misma es
violatoria del ordenamiento jurídico en
materia electoral, ya que de acuerdo a lo
establecido en el artículo 8 de la Ley
Orgánica del Poder Electoral, sólo “…podrán
ser reelegidos en sus cargos hasta un máximo
de dos períodos adicionales".
La organización ciudadana deplora además que
la decisión de la Sala Constitucional del
TSJ se sustente en el referendo de enmienda
constitucional que sobre tal tema se realizó
en Venezuela en febrero de 2009, pues con
este proceso ilegítimo se violentó lo
expresado por el pueblo sobre el mismo tema
en el referendo de la reforma constitucional
de diciembre de 2007.
Los voceros de la organización explican que,
bajo el argumento de una supuesta
“participación popular”, se pretende
vulnerar el principio constitucional de la
alternabilidad en el ejercicio de los cargos
públicos, previsto en el artículo 6 de
nuestra Constitución Nacional, violentando
las condiciones de equidad para el acceso de
la ciudadanía a dichos cargos.
En el caso específico del vencimiento del
período de los rectores Germán Yépez y
Janeth Hernández, Súmate rechaza su
aspiración a reelegirse como miembros del
Poder Electoral, en vista de las evidencias
de incumplimiento de sus obligaciones
constitucionales y legales. Así, ambos
formaron parte de un directorio del CNE que,
entre otras cosas:
-
No ha hecho pública la Memoria y Cuenta
de las gestiones correspondientes a los
años 2007 y 2008;
-
Postergó inconstitucionalmente las
elecciones que estaban previstas para el
presente año, referida a los Concejos
Municipales, Juntas Parroquiales,
Gobernador de Amazonas y algunas
alcaldías a nivel nacional (Achaguas en
Apure, y Miranda en Carabobo, entre
otras); violentando el derecho humano al
sufragio a más de 17 millones de
venezolanos,
-
Convalidó la convocatoria a una consulta
referendaria para la enmienda de la
Constitución, sobre un tema previamente
rechazado en referendo de reforma
constitucional por el pueblo venezolano,
violentando la soberanía popular
libremente expresada. Ello, permitiendo
además un referendo que violó las
mínimas condiciones para que los
venezolanos pudieran participar en un
proceso transparente y limpio, en la que
se le negó el derecho a votar a miles de
venezolanos que recientemente habían
cumplido su mayoría de edad, al no
abrirse el Registro Electoral.
-
Prejuzgaron de manera individual sobre
varias propuestas ciudadanas de
referendo abrogatorio de varias leyes
antidemocráticas, guiando de manera
errada a la población venezolana sobre
la posibilidad de perseguir tales
iniciativas referendarias, antes del
pronunciamiento del Directorio del CNE
como cuerpo colegiado.
En consecuencia, existen claros elementos de
convicción sobre su falta de imparcialidad y
transparencia en el ejercicio de sus
funciones, por lo que deberían ser
descartados por el Comité de Postulaciones
Electorales de la Asamblea Nacional para ser
reelectos en sus cargos.
...Construimos Democracia
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