Ejerce representación de más de 2 mil ciudadanos
SÚMATE INTRODUJO SOLICITUD ANTE EL CNE
PARA QUE PUBLIQUE TODOS LOS DATOS DEL REGISTRO ELECTORAL
(Caracas, 05 de
Agosto de 2005 - Nota de Prensa
Súmate 111) -
A pesar de los reveses de los recursos
legales presentados ante los poderes del
Estado a favor de los derechos políticos de
los venezolanos; el Movimiento Ciudadano
Nacional Súmate insiste con sus acciones por
elecciones limpias. Por ello introdujo una
solicitud ante el Poder Electoral
exigiendo la publicación completa de los
datos de los electores en el Registro
Electoral y en las Listas de Electores
ubicadas en cada Centro de Votación, tal
como lo estipula el artículo 106 de la Ley
Orgánica del Sufragio y Participación
Política (LOSPP).
Con la introducción de esta petición ante el
CNE, esta organización cierra la segunda
fase de su campaña “Impugna tu Registro
Electoral”, con la cual instaba a los
ciudadanos con derecho al voto a verificar
sus datos en las carteleras electorales de
sus respectivos centros de votación, y
también ejercer el derecho constitucional a
la contraloría ciudadana electoral. Esta
posibilidad fue negada por el Poder
Electoral al publicar de forma incompleta
los datos establecidos en la propia LOSPP.
El Movimiento Ciudadano Nacional Súmate
ejerció por mandato expreso la
representación de un grupo de 2.099
ciudadanos de diferentes estados del país
inscritos en el Registro Electoral
Permanente (REP),
quienes denuncian que sus datos no aparecen
completos en las Listas de Electores de sus
respectivos centros de votación, por lo cual
instan a la máxima instancia electoral
y al Director de la Oficina Nacional del
Registro Electoral para que den oportuna y
adecuada respuesta a sus solicitudes,
procediendo a publicar
los campos faltantes referidos a la
dirección de residencia y fecha de
nacimiento.
Esta solicitud la introdujeron basados en el
ejercicio del derecho de petición consagrado
en el artículo 51 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y con
fundamento en los artículos 1, 2 y 3 de la
Ley Orgánica de Procedimientos
Administrativos, 9 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública, y 11 y 14 del
Decreto con fuerza y rango de Ley sobre
Simplificación de Trámites Administrativos.
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