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Espera respuesta desde noviembre de 2009
SÚMATE SOLICITÓ AL TSJ DICTAR SENTENCIA
SOBRE RECURSO CONTRA NOMBRAMIENTO DE ÚLTIMAS
DOS RECTORAS DEL CNE
(Caracas, 13 de agosto 2012 - Nota de Prensa Súmate
419) -
Súmate se dirigió a la Sala Político
Administrativa del Tribunal Supremo de
Justicia para solicitar que dicte sentencia
sobre el recurso de nulidad, que
introdujo el pasado 26 de noviembre de 2009,
por inconstitucionalidad de la lista
final de los seleccionados por el Comité de
Postulaciones Electorales de la Asamblea
Nacional para ser nombrados rectores del CNE;
que culminó con la designación como rectoras
principales de Socorro Hernández y Tania
D’Amelio el 03 de Diciembre de ese año.
El
vocero de esta organización ciudadana,
Ricardo Estévez explicó desde el TSJ que con
este recurso de nulidad, intentado
originalmente junto con una medida cautelar
que fue declarada inadmisible, se buscaba
impedir la designación inconstitucional e
ilegal de Socorro Hernández y Tania D’Amelio
como rectoras principales del CNE, por no
cumplir con los requisitos de elegibilidad
para dichos cargos, por su militancia en el
Partido Socialista Unido de Venezuela
(PSUV), lo cual está prohibido por el
artículo 296 de la Constitución de nuestra
República (CRBV) y el artículo 9, numeral 4,
de la Ley Orgánica del Poder Electoral
(LOPE), que establece que “El Consejo
Nacional Electoral estará integrado por
cinco personas no vinculadas a
organizaciones con fines políticos…”.
La vinculación
política de las rectoras Hernández y
D´Amelio quedó demostrada, como consta en el
expediente de la Sala Político
Administrativa, por las renuncias a su
partido político PSUV que cada una de estas
ciudadanas solicitaron a su director de
Organización, Jorge Rodríguez, en fechas 2 y
4 de noviembre de ese mismo año, durante el
proceso de postulaciones de los candidatos a
rectores del organismo electoral.
Esta es la
tercera diligencia de Súmate ante el TSJ
reiterando la solicitud de sentencia (la
primera fue tramitada el pasado 11 de agosto
y la segunda el 30 de noviembre de 2011) ya
que todas las fases del proceso para la
consideración del recurso de nulidad por
inconstitucionalidad se completaron el 09 de
febrero del año pasado, restando sólo la
elaboración y publicación de la sentencia
correspondiente.
Para Súmate el
hecho de que el TSJ no se haya pronunciado
oportunamente ha permitido que las rectoras
Socorro Hernández y Tania D’Amelio estén
ejerciendo:
-
Una
autoridad en fraude a las normas
constitucionales, por ser personas
inelegibles, lo cual genera una
situación de ilegitimidad de origen, por
violación del artículo 296 de la CRBV.
-
Una
competencia viciada para el dictamen de
resoluciones: para la convocatoria
de elecciones, la elaboración de
normativas electorales, la fijación de
las circunscripciones electorales, la
inscripción de nuevas organizaciones con
fines políticos (partidos), la
administración del registro electoral y
civil, la promulgación de autoridades
electas por el sufragio de los
ciudadanos, entre otras muchas
competencias del ente comicial.
La presencia
de las rectoras Hernández y D´Amelio en el
directorio del CNE ha servido para lograr la
mayoría en este cuerpo colegiado, que con
sus decisiones ha promovido la estrategia
del ventajismo ilegal, la intimidación y el
diseño y control de los procesos electorales
a la medida de los intereres del sector
oficialista. Como ejemplo del apoyo a esta
estrategia destaca la decisión de la mayoría
del Directorio del CNE de no investigar y
sancionar el ventajismo inconstitucional e
ilegal por parte del Presidente de la
República en la campaña electoral, en la que
se observa el uso de bienes y recursos del
Estado en beneficio de una parcialidad
política.
Súmate deplora
que la máxima instancia judicial de la
República esté en mora con la solicitud de
justicia que aspira que el país cuente con
rectores electorales imparciales e
independientes, así como que se disponga de
un sistema electoral realmente confiable,
tal como lo exigen los artículos 294 y 296
de la Constitución de la República de
Venezuela (CRBV) y los artículos 3, 7, 8, 9
y 32 de la Ley Orgánica del Poder Electoral
(LOPE).
En contraste
con este retraso de la Sala Política
Administrastivo, Súmate continúa en la
búsqueda de los detalles de la sentencia de
la Sala Plena del pasado 17 de julio por
solicitud de la Fiscalía de fecha 09 de
enero de este año, en la que este último
despacho solicitó al TSJ la desestimación de
la Denunica de esta Organización Ciudadana
por el Uso inconstitucional e ilegal de
Bienes y Recursos del Estado por parte del
Presidente de la República a favor de su
reelección, introducida en noviembre de
2011.
Razones por
la cual Súmate acudió originalmente al TSJ
Las acciones de Súmate en contra de la
designación de las rectoras claramente
vinculadas con el PSUV, comenzó desde antes
de la conformación del Comité de
Postulaciones por la AN que identificó las
listas de candidatos a rectores, Súmate
tramitó formalmente ante la Asamblea
Nacional las siguientes denuncias:
-
Por ser
inconstitucional la forma como fue
conformado el Comité de Postulaciones
Electorales (CPE) de la AN
-
Por la
actuación inconstitucional de la
Asamblea Nacional:
- por haber aprobado el nombramiento
como rectoras principales del CNE de las
militantes del PSUV Socorro Hernández y
Tania D’Amelio, como de Iván Zerpa como
rector suplente
- al aprobar un Comité de Postulaciones
Electorales que no cumplió con lo
dispuesto en el artículo 295 de la CRBV,
en cuanto a que debió estar conformado
por representantes de los diferentes
sectores de la sociedad, lo cual no
ocurrió. El artículo 20 de la LOPE
establece que el CPE debe estar
integrado por 11 diputados y por 10
representantes de los distintos sectores
de la sociedad civil.)
- La primera irregularidad fue la
constitución de la Comisión Preliminar
del CPE: 9 diputados del PSUV, 1 del PCV
y 1 del PPT, en ese entonces
oficialista. La Comisión Preliminar
debió hacer al menos dos convocatorias
para identificar a los representantes de
la sociedad civil, por dos diarios de
publicación nacional, lo cual solo se
hizo los días 26 y 27 de septiembre de
ese año en los diarios Vea y La Calle,
que son de circulación regional.
-
La lista
de ciudadanos postulados como
representantes de la sociedad civil
apenas llegó a las 25 personas, cuando
en el 2006 fue de 687 personas según
informaciones de prensa, 373 según la
lista final de la AN y fueron 57 los
preseleccionados.

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