![]() |
||
|
||
(Caracas, 14 de Mayo 2015- NPS 550) - Súmate exhorta a todos los electores a revisar su información en el Registro Electoral (RE) con el fin de saber si fueron seleccionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) como miembros de Juntas y Mesas de Votación para las próximas Elecciones Parlamentarias 2015. Los electores pueden verificar si fueron seleccionados para asumir el servicio electoral obligatorio llamando al 0800-Votemos (0800-8683667), o ingresando su número de cédula de identidad en el campo Consulta de Datos del portal www.cne.gob.ve. La información de los seleccionados como Miembros de Juntas y Mesas de Votación fue publicada el 25 de marzo en el portal web del Poder Electoral y el jueves 30 de abril en la Gaceta Electoral. Esta ONG alerta a los electores que este servicio electoral es obligatorio y se debe desempeñar por el lapso de un año, de acuerdo con lo previsto por los artículos 134 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), 97 y 111 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y 50 la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), y solo están exento del mismo los mayores de 65 años de edad, quienes prestan algún servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio, porque tienen alguna limitación física, mental de salud o legal; los candidatos a cargos de elección popular o quienes ejercen algún cargo de dirección en un partido político. Sin embargo, en el sorteo del pasado jueves 19 de marzo únicamente fueron excluidos los mayores de 65 años, por lo cual los demás electores que por las causales legales mencionadas (artículos 113 y 114 de la LOPRE) no puedan asumir las funciones como Miembros de Juntas y Mesas Electorales, tienen hasta mañana viernes 15 para solicitar la excepción en el cumplimento del Servicio Electoral Obligatorio.
Pasos a seguir para solicitar
la excepción en el servicio electoral
obligatorio 1. Acceder al banner Sistema Automatizado de Excepción al Servicio Electoral en el portal web del CNE, que le permite llenar una planilla y anexar los soportes previamente digitalizados en formato JPG. 2. Acudir ante la Oficina Regional Electoral (ORE) del CNE, ubicada en la capital de cada estado del país, según lo estipula el artículo 114 de la LOPRE.
Multas y arresto proporcional
a quienes incumplan el servicio electoral
obligatorio
|
||
Asociación Civil Súmate | Twitter: @sumate |
||
![]() |