(Caracas, 30 de Noviembre 2015 - NPS 575)
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Súmate exige a los cinco rectores
principales del Consejo Nacional Electoral
(CNE) aplicar las sanciones previstas en la
Ley Orgánica de Procesos Electorales y la
Ley Contra La Corrupción al Presidente de la
República, Nicolás Maduro, por utilizar
los recursos y bienes del Estado a favor de
los candidatos a diputados a la Asamblea
Nacional por el Gran Polo Patriótico (GPP) y
del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV),
evidenciado hoy lunes 30 de noviembre en el
Acto de Compromiso con los Candidatos,
transmitido por el canal Venezolana de
Televisión (VTV) y la plataforma de Medios
de Comunicación Social radioeléctrica y
televisiva del Estado.
La ONG denuncia que esta no es la primera
vez que el Presidente de la República
utiliza de forma ilegal e inescrupulosa los
bienes y recursos del Estado para favorecer
a su parcialidad política del PSUV, ya que
en este mes de noviembre ha realizado 29
alocuciones, distribuidas en 24
transmisiones especiales, su programa ”En
Contacto con Maduro” y 3 cadenas nacionales.
En la gran mayoría de las 29 alocuciones ha
utilizado
su investidura como Jefe
de Estado para beneficiar a los candidatos a
diputados a la AN por el PSUV y GPP, lo cual
viola el Principio de Igualdad y Equidad de
condiciones para todos los actores y fuerzas
políticas que los respaldan, estipulado en
el artículo 21 de la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
Ante este abuso y violación de la
legislación venezolana, Súmate exige al
CNE hacer cumplir lo establecido en
los artículos 145 de la Constitución,
13 y 18 de la Ley Contra la Corrupción;
75, numeral 13, de la Ley de Procesos
Electorales (LOPRE), 222 y 223 del
Reglamento General de la LOPRE, y 91,
numeral 5, de la Ley de la Contraloría
General de la República:
Artículo 145 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela: “Los
funcionarios públicos y funcionarias
públicas están al servicio del Estado y no
de parcialidad alguna…”
Artículo 13 de la Ley Contra la corrupción:
“Los
funcionarios y empleados públicos están al
servicio del Estado y no de parcialidad
política o económica alguna. En
consecuencia, no podrán destinar el uso de
los bienes públicos o los recursos que
integran el patrimonio público para
favorecer a partidos o proyectos políticos,
o a intereses económicos particulares”.
Artículo 18 de la Ley Contra la corrupción:
Los funcionarios y empleados públicos
deberán utilizar los bienes y recursos
públicos para los fines previstos en el
presupuesto correspondiente”.
Artículo 75 de la Ley Orgánica de Procesos
Electorales:
“No
se permitirá la propaganda electoral que:
13. Sea financiada con fondos públicos
distintos a lo previsto en estas normas.”
Artículo 222 del Reglamento General de la
LOPRE: “Los
organismos públicos nacionales, estadales o
municipales no podrán realizar publicidad y
propaganda electoral, y en tal sentido, no
podrán difundir mensajes destinados a
promover, auspiciar o favorecer determinada
candidatura u organización con fines
políticos o grupo de electoras y electores,
y comunidades u organizaciones indígenas,
así como todo aquello que promueva o tienda
a promover la imagen negativa de alguna
candidata o candidato, organización con
fines políticos, grupo de electoras y
electores y comunidades u organizaciones
indígenas.
No se permitirá el uso de los bienes
propiedad de la República, ni de los estados
o municipios con el fin de favorecer o
promover una candidatura o realizar
propaganda electoral.”
Artículo 223 del Reglamento General de la
LOPRE :”La
información concerniente a las obras de
gobierno, los mensajes y alocuciones
oficiales, no podrán tener contenidos y
símbolos publicitarios o propagandísticos de
naturaleza electoral.”
Artículo 91 numeral 5 Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República y del
Sistema Nacional de Control Fiscal:
Sin perjuicio de la responsabilidad civil o
penal, y de lo que dispongan otras leyes,
constituyen supuestos generadores de
responsabilidad administrativa los actos,
hechos u omisiones que se mencionan a
continuación. (omissis)
5. La utilización en obras o servicios de
índole particular, de trabajadores, bienes o
recursos que por cualquier título estén
afectados o destinados a los entes y
organismos señalados en los numerales 1 al
11 del Artículo 9 de esta ley”.
Con el fin de re-establecer el respeto al
ordenamiento jurídico de la República en
materia de abuso y ventajismo en la campaña
electoral, Súmate pide al CNE aplicar las
sanciones pecuniarias establecidas en el
artículo 232, numeral 4, de la Ley Orgánica
de Procesos Electorales, que prevé una multa desde
cinco mil (5.000 U.T.) a siete mil Unidades
Tributarias (7.000 U.T.):
Artículo 232, numeral 4, de la LOPRE:
Sin perjuicio a las previsiones contenidas
en el artículo 83 de la presente Ley,
referido a la prohibición y difusión de
resultados antes del primer boletín oficial,
serán sancionados con multas de cinco mil
Unidades Tributarias (5.000 U.T.) a siete
mil Unidades Tributarias (7.000 U.T.) al
medio de comunicación social que incurra en
la prohibición prevista.
Así mismo serán sancionados o sancionadas
con la multa prevista en el presente
artículo:
4. Quienes incumplan las regulaciones
previstas en esta Ley sobre propaganda
electoral no permitida.”
También solicita al CNE exigir a la
Contraloría General y a la Fiscalía General
de la República abrir las investigaciones
administrativas y, si es pertinente,
solicitar aplicar las sanciones penales
establecidas en el artículo 70 de la Ley
Contra La Corrupción a los funcionarios
públicos y aplicar los correctivos
correspondientes, no importando su
jerarquía, cargo o tendencia política, por
utilizar recursos y bienes del Estado, como
también utilizar sus cargos públicos en la
realización de actos explícitamente
proselitistas con miras a las elecciones 6
de Diciembre.
Artículo 70
de la Ley Contra la corrupción:
El funcionario público que abusando de sus
funciones, utilice su cargo para favorecer o
perjudicar electoralmente a un candidato,
grupo, partido o movimiento político, será
sancionado con prisión de un (1) año a tres
(3) años.
…construimos
democracia