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Solo 1 de cada 4 electores firmantes podrá validar su manifestación voluntad

AL CNE LE QUEDAN 117 DÍAS PARA HACER EL
REFERENDO REVOCATORIO EL 20 DE NOVIEMBRE

(Caracas, 22 Junio de 2016 - NPS 593) - Súmate afirma en el Monitor Electoral Súmate Nº 71, de Junio de 2016 que a pesar de las trabas y obstáculos a la solicitud del Referendo Revocatorio Presidencial, derecho político estipulado en los artículos 6 y 72 constitucionales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe convocar la consulta refrendaria para realizarla a más tardar el domingo 20 de noviembre de 2016. Para ello se fundamenta en que los lapsos y pasos para la realización del Referendo Revocatorio Presidencial están en las Normas publicadas en la Gaceta Electoral Nº 405 del 18 de diciembre de 2007, y los mismos totalizan 205 días continuos máximos, partiendo de que el 26 de abril fue cuando la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) recibió las planillas para conformarse como Grupo Promotor de esta iniciativa, el 02 de mayo fue cuando las entregó y que el día lunes 20 de junio se dio inicio al período de la validación de las firmas del 1 por ciento. (Ver contraportada)

La ONG advierte en la contraportada del Monitor Electoral Nº 71, que los 43 días continuos de retraso sólo en la Primera Etapa del Referendo Revocatorio Presidencial son imputables al CNE, por lo cual esta instancia está obligada a reintegrarlos en las dos siguientes etapas: Solicitud y Convocatoria. Esto significa que al CNE le quedan disponibles 117 días para hacer el Revocatorio el 20 de noviembre. (Ver infografía Nº 1)

 

También plantea en la contraportada de esta publicación que en el caso de que se logre el consenso entre los actores políticos y el gobierno nacional, con el fin de dar solución constitucional, democrática, electoral y pacífica, el Referendo Revocatorio Presidencial podría realizarse incluso antes, el 30 de octubre. Para ello considera necesario acordar la optimación de los cinco lapsos con mayor número de días establecidos en las Normaspublicadas en Gaceta Electoral N° 405: el primer lapso de 20 días hábiles a 7 días hábiles en la Primera Etapa, el segundo de 15 días continuos a 9 días continuos, el tercer lapso de 15 días hábiles a 5 días hábiles, el cuarto lapso de 15 días hábiles a 10 días hábiles, todos estos en la Segunda Etapa; y el quinto lapso de 90 días continuos a 75 días continuos en la Tercera Etapa. La reducción a 75 días desde la Convocatoria al día del evento la fundamenta en los antecedentes en elReferendo Revocatorio Presidencial, realizado el 15 de agosto de 2004, en el cual se utilizaron 72 días, y en el lapso utilizado en lossdiez (10) Referendos Revocatorios Regionales y Municipales del 07 de octubre de 2007, los cuales se realizaron enn  convocadas el 9 de marzo y se llevaron a cabo el 14 de abril de 2013. ((Ver infografía Nº 2)

 

Súmate considera un fraude la denominada “municipalización de los puntos” aprobada por el  directorio del CNE para que 1 millón 352 mil electores firmantes puedan validar sus manifestaciones de voluntad del lunes 20 al viernes 24 de junio: primero, porque debió colocar por lo menos 1.350 captahuellas Normas publicadas en Gaceta Electoral N° 405 del 18 de diciembre de 2007, ““…Se establecerá una plataforma biométrica por 1.000 ciudadanos o ciudadanas solicitantes...”; segundo, porque, dispuso la colocación de 300 dispositivos biométricos en 128 puntos en 118 municipios, quedando los otros 217 sin estas máquinas; y, tercero, porque al hacer el análisis de su ubicación encontramos que 200 de las captahuellas fueron ubicadas en localidades que suman en total menos de 150 mil electores firmantes, mientras que los otros 100 dispositivos biométricos fueron colocados en donde hay unos 500 mil firmantes; quedando sin puntos y dispositivos biométricos el resto de los electores firmantes, estimados en unos 650 mil. Con esta distribución solo 1 de cada 4 electores firmantes podrá validar su manifestación de voluntad.

 

Por último, la ONG alerta en su publicación Monitor Electoral Súmate Nº 71 que el CNE ya está en el tiempo límite para convocar las Elecciones Regionales. La razón de ello es que seis meses es el lapso mínimo requerido para organizar estos comicios de gran complejidad y que se deben realizar a más tardar en la primera quincena de diciembre de 2016.

 

 

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