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Mesas Electorales deben cerrar a las 6 de la tarde el 21Nov si no hay electores en cola
SÚMATE: CNE DEBE ASEGURAR QUE MIEMBROS DE MESAS SORTEADOS SEAN QUIENES CONSTITUYAN LAS MESAS EL 21NOV
(Caracas, 20 de Noviembre de 2021 - NPS 717)
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Súmate responsabiliza a la
Junta Nacional Electoral (JNE) del Consejo
Nacional Electoral (CNE) de la situación
de incertidumbre y confusión que se generó
este viernes 19 de noviembre en el Acto de
Instalación de algunas Mesas Electorales en
el país, que de acuerdo a reportes de
denuncias recibidas, se debió a tres
situaciones:
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La modificación de cargo
a más de 300 mil Miembros de Mesa;
-
La acreditación ilegal de
activistas políticos como Miembros de
Mesa Accidentales;
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La discrecionalidad con
la que algunos integrantes del Plan
República y Coordinadores de Centros de
Votación dirigieron la Instalación de
las Mesas Electorales,
restringiendo el acceso a Miembros de
Mesas o Testigos, sin observar lo
establecido en la Ley Orgánica de
Procesos Electorales (LOPRE) y el
Reglamento General de la LOPRE (RGLOPRE),
y las instrucciones contenidas en el
Manual de Funcionamiento de la Mesa.
La Asociación Civil
detalla las tres
situaciones que observó repetirse de manera
sistemática en torno a la Instalación de las
Mesas Electorales este viernes 19 de
noviembre:
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Denuncias
correspondientes a electores que fueron
seleccionados como Miembros de Mesas el
7 de julio, cumplieron con la
capacitación y recibieron su
acreditación para el cargo por el cual
fueron electos antes del 27 de octubre,
fecha del sorteo complementario, momento
en el cual se eliminó el cargo a más de
30 mil Miembros Principales
y, en consecuencia, se cambió el cargo
originalmente asignado a más de 300 mil
Miembros de Mesa; ocasionando que este
viernes 19 de noviembre se encontraron
con la novedad que su credencial no
tenía validez, porque sus cargos habían
sido eliminados o modificados.
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Reportes de que fueron
incorporados en la Instalación de Mesas
electores acreditados como “Miembros de
Mesas Accidentales”, incluso por encima
de los Miembros de Mesas Acreditados,
legalmente electos el 7 de julio y el 27
de octubre. Aclara Súmate que, de
acuerdo con la LOPRE, el Miembro de Mesa
Accidental es la forma como se denominan
a los ciudadanos que efectivamente
ejercen el rol de Miembro de Mesa ante
la ausencia de los formalmente
seleccionados en la Constitución de las
Mesas Electorales, y debe realizarse de
acuerdo con estrictos procedimientos
previstos en los artículos 119 y 305 del
RGLOPRE. La figura de Miembros
Accidentales no esta contemplada durante
el Acto de Instalación y la acreditación
de ciudadanos utilizando de manera
errada el concepto de Miembros
Accidentales es ilegal y ha generado
mucha confusión.
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Incidencias de Centros de
Votación en los cuales el Coordinador
de Centro del CNE e integrantes del Plan
República impidieron la presencia en el
Acto de Instalación a Miembros de Mesas
y Testigos acreditados, e incluso
permitieron a actores ajenos al proceso
electoral presenciar o participar del
Acto de Instalación. Al respecto
recuerda Súmate que el Proceso Electoral
es absolutamente Civil, que los Miembros
del Plan República no deben interferir
en los actos electorales y que en las
funciones del Coordinador de Centro de
Votación solo se contemplan actividades
de coordinación logística del Centro de
Votación.
La ONG aprovecha para
cuestionar nuevamente la decisión de la
JNE de realizar cambios en la lista de
electores, luego de que fueron seleccionados
por sorteo público para cumplir con el
servicio electoral en las Mesas Electorales
del país, y considera más grave aún que se
haya conocido apenas unos días antes del
Acto de Instalación de las Mesas y que el
órgano electoral no haya notificado
oportunamente a los más de 300 mil Miembros
de Mesa afectados, especialmente a los
más de 30 mil Segundos Miembros Principales
a los que se les eliminó el cargo, con lo
cual se ha generado opacidad y dudas sobre
el proceso electoral.
Expone adicionalmente que
la acreditación ilegal de Activistas o
Militantes Políticos como “Miembros de Mesas
Accidentales” viola disposiciones
constitucionales y legales expresas que
tienen como fin asegurar la despartidización
de los organismos subalternos, en este
caso las Mesas Electorales, establecidos en
los artículos 294 de la Constitución, 98 de
la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE)
y 50 del Reglamento General de la LOPRE (RGLOPRE).
Con el fin de que se cumpla
el próximo domingo 21 de noviembre con la
Constitución de las Mesas Electorales,
conforme a lo establecido en la normativa
electoral, Súmate indica los elementos
fundamentales a cumplir en la misma:
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La Constitución de las
Mesas Electorales debe ocurrir a las
5 de la mañana del día de la votación,
es decir, el domingo 21 de noviembre, de
acuerdo con lo establecido por el
artículo 108 de la LOPRE.
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En la Constitución de las
Mesas Electorales se debe cumplir el
procedimiento establecido en los
artículos 119 y 120 de la LOPRE y 305
del RGLOPRE, que establecen los pasos
a seguir en el caso de que no estén
presentes a la hora de inicio los
Miembros de Mesas Sorteados Principales,
quienes solo pueden ser sustituidos por
los Miembros de Mesas Sorteados
Suplentes y si estos tampoco están,
deben asumir los Miembros de Reserva, si
tampoco estuvieren presentes, deben
asumir los Miembros de Mesas Sorteados
Suplentes o de Reserva de la Mesas
Electorales contiguas que se hayan
constituido primero, considerándose como
“Miembros de Mesas Accidentales”.
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En la Constitución de las
Mesas Electorales se debe acatar y
respetar lo establecido en la LOPE, la
LOPRE y el RGLOPRE, que establecen que
estos organismos subalternos
electorales deben estar integrados al
menos por cinco miembros y un secretario
seleccionados por sorteo, sean
principales, suplentes o reserva; y que
el quorum mínimo legal requerido para su
funcionamiento es el de la mayoría
simple de sus integrantes, según lo
previsto en los artículos 55 de la LOPE
y 38 del RGLOPRE.
Subraya que
en el caso de que estos organismos
subalternos se constituyan con solo 2
integrantes principales, podrá ser
causal de nulidad, según lo establecido
en el artículo 217 de la LOPRE:
“Serán nulas todas las votaciones de
una Mesa Electoral en los siguientes
casos: 1. Por estar constituida
ilegalmente la Mesa Electoral. La
constitución ilegal de una Mesa
Electoral puede ser inicial, cuando no
se haya constituido en acatamiento a los
requisitos exigidos por esta Ley, o
sobrevenida, cuando en el transcurso del
proceso de votación se hayan dejado de
cumplir dichas exigencias…”
Subrayado nuestro.
Alerta Súmate que se pudiera
presentar un conflicto en la conformación de
las Mesas en caso que se violente el
procedimiento establecido, dándole prioridad
a ciudadanos con credenciales de “Miembros
de Mesas Accidentales” sin observar el orden
de sustitución indicado, pudiéndose imponer
como Miembros de Mesas electores que sean
militantes de partidos políticos, lo cual se
convertiría en otra transgresión que sin
duda afectaría la transparencia del proceso
electoral, poniendo en riesgo las votaciones
de esa mesa electoral, al ser una causal de
nulidad la constitución ilegal de la mesa de
votación, acorde con lo estipulado por el
mencionado Art. 217 de la LOPRE.
La ONG señala que de
acuerdo al artículo 121 de la LOPRE las
Mesas Electorales funcionarán desde las 6 de
la mañana hasta las 6 de la tarde, y solo se
mantendrán abiertas siempre y cuando haya
electores en cola para votar. En este
particular, considera grave que la JNE le
pretenda otorgar competencias al Coordinador
de Centro de Votación que solo corresponden
a los Miembros de Mesas, al expresar en
el
material de formación del
personal técnico operativo contenido en el
video Nº 6 sobre las responsabilidades del
Coordinador de Centro de Votación:
“Recuerda que el Centro de Votación se
mantendrá activo mientras haya electores en
cola, cuando el presidente de mesa lo
indique, previa autorización de la Junta
Nacional Electoral, el Coordinador del
Centro de Votación trabajando conjuntamente
con los efectivos militares del CEOFANB
realizará el cierre de las mesas
electorales”.
Al respecto la Organización Ciudadana aclara
que:
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De acuerdo con la LOPRE y
el RGLOPRE no se necesita
autorización de la Junta Nacional
Electoral para que los Miembros de Mesa
cierren las Mesas Electorales después de
las 6 de la tarde, siempre que no
tengan electores en cola;
-
De acuerdo con la LOPRE y
el RGLOPRE los Coordinadores de
Centros de Votación del CNE y el Plan
República no tienen competencias
asociadas a la apertura o cierre de las
Mesas Electorales, considerándose
estos actos de exclusiva competencia de
los ciudadanos erigidos como Miembros de
Mesa, verdaderos árbitros del proceso
electoral. En este particular, resalta
las
declaraciones del
Ministro de la Defensa del pasado 16 de
noviembre
en las que hizo saber de manera correcta
que “no le corresponde a la Fuerza
Armada estar abriendo ni cerrando
centros, no es tarea de la Fuerza Armada”,
pero le pide rectificar ya que en la
misma declaración afirma que los
Coordinadores de Centros son quienes
tienen esta función, lo cual es errado,
por ello la ONG insta al Plan República
a acatar las decisiones de los Miembros
de Mesa, que constituidos como cuerpo
colegiado, son la máxima autoridad
electoral en la Mesa.
Por último, Súmate invita a
los ciudadanos que
tengan denuncias reportarlas por el correo
eleccioneslibresvenezuela@sumate.org
en el marco de su operativo Impunidad Cero
de cara al evento electoral de este domingo
21 de Noviembre.
La participación ciudadana y la contraloría
son claves para el fortalecimiento de la
democracia y para construir puentes que
permitan recobrar la confianza de los
ciudadanos en el voto como mecanismo de
cambio.
…Construimos Democracia |
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